Sentencia SupersociedadesDesignación del revisor fiscal por quien tiene la administración de la sociedad limitada no requiere reforma estatutaria (2:16 p.m.)
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23 de Abril de 2015
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De acuerdo con lo establecido en el artículo 203 del Código de Comercio, la revisoría fiscal se torna obligatoria en las sociedades de responsabilidad limitada, cuya administración no esté a cargo de todos los socios y sea creada por un número de socios no administradores que represente por lo menos el 20 % del capital social, indicó la Superintendencia de Sociedades. En el caso bajo análisis, la designación del revisor fiscal por parte del gerente de la compañía, a quien le fue delegada por los socios la facultad de administrar y de hacer uso de la razón social, estuvo debidamente adoptada, en los términos de la disposición mencionada, pues no se trató de una reforma estatutaria sino de una inclusión legal. Según el demandante, la designación era nula, por cuanto requería una reforma estatutaria.
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