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Sentencia SupersociedadesAdministrador requiere autorización para realizar operaciones con accionistas mayoritarios (4:32 p.m.)

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29 de Enero de 2016

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La celebración de contratos con los accionistas mayoritarios de la compañía le representa un manifiesto conflicto de interés a los administradores que participen en el respectivo negocio, teniendo en cuenta la relación de dependencia que existe entre estos últimos y los primeros, la cual es de suficiente entidad como para comprometer el juicio objetivo de aquellos funcionarios en el curso de una determinada operación, indicó la Superintendencia de Sociedades. Dicho conflicto de interés se concreta, específicamente, en la potestad de los controlantes de remover a los administradores en cualquier momento, por lo que estos, al proponerse participar en operaciones con los controlantes, deberán surtir el trámite previsto en el numeral 7° del artículo 23 de la Ley 222 de 1995. El incumplimiento puede acarrear la nulidad absoluta del respectivo negocio jurídico, tal y como lo prevé el Decreto 1925 del 2009, según el cual las cosas se restituyen a su estado anterior.

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