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Sentencia Superindustria y ComercioLa falla reiterada permite al consumidor pedir reparación del bien, cambio o devolución del dinero (8:10 a.m.)

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16 de Octubre de 2019

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En caso de que se verifique la falla reiterada del producto por parte del consumidor, este queda facultado para solicitar una nueva reparación, el cambio o la devolución del dinero de manera total o parcial. Así lo recordó la Superintendencia de Industria y Comercio, en virtud de lo previsto en el numeral 2 del artículo 11 de la Ley 1480 del 2011 (Estatuto del Consumidor). Esta atribución surge por el solo hecho de que la falla en el bien fue reiterada, lo que implica que, una vez establecida la situación, la conducta del productor y/o proveedor frente a la posible reparación en ninguna medida logra atenuar o deslegitimar los derechos del usuario a exigir el cambio o el reintegro de lo pagado.

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