Reserva legal de una sociedad que se transforma en SAS puede ser distribuida entre los socios o accionistas (11:00 a.m.)
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21 de Noviembre de 2011
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Teniendo en cuenta que crear o incrementar la reserva legal en una sociedad por acciones simplificada es un asunto del resorte exclusivo de los asociados, al no estar contemplado en las clausulas legales que regulan este tipo societario, las sumas que se encuentren en el patrimonio de la sociedad al momento de aprobar la reforma pueden distribuirse entre los socios o accionistas, pues se trata de utilidades líquidas que no fueron distribuidas, precisó la Superintendencia de Sociedades, en oficio de octubre. En todo caso, advirtió, dicha distribución no es viable, si se reduce el patrimonio neto por debajo del 50 % del capital suscrito, conforme con lo previsto en el artículo 34 de la Ley 1258 del 2008, sobre causales de disolución.
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