Reglas que adoptan los establecimientos de crédito para el desembolso de cuentas de ahorro programado son públicas (8:18 a.m.)
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02 de Febrero de 2015
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Las reglas para el desembolso de los recursos depositados en cuentas de ahorro programado serán las previstas en cada uno de los reglamentos que adopten los establecimientos de crédito para el efecto, información que es pública, de acuerdo con lo establecido en el artículo 127, numeral 5°, del Estatuto Orgánico de Sistema Financiero y que, igualmente, se incorpora en cada uno de los contratos que se suscriben con los respectivos clientes, indicó la Superintendencia Financiera. Así mismo, manifestó, la Ley 1328 del 2009 (Reforma Financiera) establece que las entidades financieras deben publicar en su respectiva página web los modelos de contratos estandarizados que empleen con su clientela para los distintos productos que ofrezcan.
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