Recuerdan reglas de aprobación de cuentas en sociedades con socio único (8:00 a.m.)
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18 de Junio de 2014
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Como es obligación legal de cualquier sociedad aprobar las cuentas de fin de ejercicio cada año, en las sociedades de socio único las decisiones de la asamblea deben ser adoptas por este. Entonces, es deber del socio único adoptar las medidas tendientes a cumplir esta obligación legal, máxime teniendo en cuenta el parágrafo del artículo 37 de la Ley 1258 del 2008, que establece de manera expresa que, en el caso de sociedades por acciones simplificadas con un único accionista, este aprobará la totalidad de las cuentas sociales y dejará constancia de tal aprobación en actas debidamente asentadas en el libro respectivo de la sociedad.
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