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Recuerdan a los bancos obligación de reportar información sobre cuentas maestras que administren recursos de resguardos indígenas (10:18 a.m.)

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08 de Septiembre de 2016

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En el artículo 11 de la Resolución 3841 del 2015 se estableció que las entidades bancarias en las que se encuentren abiertas las cuentas maestras para la administración de los recursos de la asignación especial del sistema general de participaciones para resguardos indígenas, administrada en forma directa por los territorios indígenas certificados, los resguardos indígenas y las asociaciones que estos conformen, deben efectuar unos reportes de información dentro de los 20 primeros días de cada mes, a través de la plataforma de integración de datos PISIS, del Ministerio de Salud. En consecuencia, la Superintendencia Financiera les recuerda a los establecimientos bancarios estas disposiciones con el fin de que se adopten mecanismos efectivos para el reporte oportuno de la información solicitada en la forma en que ha sido reglamentada y en los plazos establecidos para el efecto.

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