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Publican fallo que respaldó la condición de que los fondos de empleados de empresas independientes compartan la misma actividad (9:51 a.m.)

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29 de Enero de 2010

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La Corte Constitucional dio a conocer el fallo en el que declaró exequible la expresión “siempre que estas desarrollen la misma clase de actividad económica”, contenida en el artículo 4° del Decreto 1481 de 1989. Con esta expresión se condiciona la formación de fondos de empleados de empresas independientes entre sí a que estas compartan la misma actividad económica. A juicio del alto tribunal, esta exigencia contribuye a la cohesión y al fortalecimiento interno de estas instituciones, pues realza la importancia que en ellas tiene el vínculo de asociación y constituye un válido desarrollo del deber constitucional relativo al fortalecimiento de las organizaciones solidarias (M.P. Nilson Pinilla Pinilla).

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