Propiedades horizontales obligadas a llevar contabilidad deben implementar NIIF (8:35 a.m.)
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21 de Febrero de 2014
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Las propiedades horizontales obligadas a llevar contabilidad deben cumplir lo dispuesto por la Ley 1314 del 2009, sobre convergencia de normas de contabilidad con estándares internacionales, clasificarse en alguno de los tres grupos definidos en el direccionamiento estratégico y seguir el cronograma correspondiente para la convergencia de las NIIF, teniendo en cuenta los requisitos previstos en los decretos reglamentarios 2784 y 2706 del 2012 y 3019, 3022, 3023 y 3024 del 2013. El artículo 2° de la ley indica que estarán sujetas a su aplicación todas las personas naturales y jurídicas que, de acuerdo con la normativa vigente, estén obligadas a llevar contabilidad, así como los contadores públicos, funcionarios y demás personas encargadas de la preparación de estados financieros y otra información.
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