Prohibición del administrador para adquirir acciones no aplica en el evento de nueva emisión (3:10 p.m.)
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30 de Agosto de 2013
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En el evento de una nueva emisión de acciones, el administrador que es al mismo tiempo accionista puede adquirirlas en virtud del derecho de preferencia previsto a favor de todos los asociados en el artículo 388 del Código de Comercio, pues en este caso no aplica la prohibición contenida en el artículo 404 ibídem. Así lo precisó la Superintendencia de Sociedades, en concepto de julio.
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