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Precisan tratamiento de inversiones de la sociedad extranjera con sucursal en Colombia (8:26 a.m.)

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06 de Mayo de 2015

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Para modificar el mandatario general designado por la casa matriz para actuar en Colombia, es necesario modificar la resolución de incorporación y protocolizar el documento e inscribirlo en la cámara de comercio correspondiente, pues, de acuerdo con el artículo 479 del Código de Comercio, la remoción implica una modificación de las condiciones sustanciales que sirvieron de base para su incorporación en el país, señaló la Superintendencia de Sociedades. De otra parte, indicó que, a partir del acto de incorporación en el país, la sociedad extranjera goza de reconocimiento legal pleno para actuar en todo el territorio nacional, por conducto de sucursal, con condición de residente y, en tal virtud, las inversiones que realice la sociedad extranjera gozan del mismo tratamiento cambiario otorgado a la inversión de nacionales residentes, según el principio de igualdad consagrado en el Estatuto de Inversiones Extranjeras.        

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