Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Para solicitar la liquidación judicial, el acreedor debe concurrir con el deudor (10:30 a.m.)

82679

03 de Septiembre de 2012

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Aunque el artículo 11 de la Ley 1116 del 2006 (ley de insolvencia empresarial) permite al acreedor solicitar directamente los procesos de reorganización y liquidación judicial, el parágrafo 2º del artículo 49 ibídem exige, en el segundo caso, que este concurra con el deudor y se aporten ciertos documentos. La Superintendencia de Sociedades corrigió el análisis hecho en el Concepto 220-66243 del 2011, según el cual el acreedor laboral puede solicitar que se inicie el trámite de liquidación judicial, directamente o a través de apoderado.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)