Pago de dividendos se puede dar en especie (3:46 p.m.)
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29 de Enero de 2014
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Las sociedades nacionales y sucursales de sociedades extranjeras, a pesar de ser estas últimas establecimientos de comercio, pueden distribuir utilidades en especie a los asociados o a la casa matriz, respectivamente, precisó la Superintendencia de Sociedades. Aunque, por regla general, el dividendo debe ser pagado en dinero en efectivo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 455 del Código de Comercio, nada obsta para que pueda ser aceptado el pago en un activo distinto, pues se trata de un derecho económico a favor de los partícipes o de la sociedad en el exterior. El pago podrá acordarse en forma de acciones liberadas de la misma sociedad, pero también es posible que se haga en bienes en especie distintos a las acciones, siempre que los accionistas lo acepten de manera expresa y que la asamblea, al determinar el dividendo, haya previsto esta posibilidad.
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