Minsalud hace ajustes a norma que define requisitos para reconocimiento y pago de recobros (8:08 a.m.)
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21 de Agosto de 2015
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En razón a criterios jurisprudenciales desiguales sobre la jurisdicción que conoce de las demandas originadas en devoluciones o glosas de reclamaciones o recobros presentados ante el Fosyga, se dificulta obtener los autos admisorios para iniciar el trámite excepcional de recobros reglamentado mediante la Resolución 1446 del 2015, por ello, considera el Ministerio de Salud, es necesario garantizar el acceso efectivo de las entidades recobrantes y reclamantes al mencionado trámite en condiciones de igualdad. En ese contexto, el ministerio decidió modificar dicha norma, en relación con los documentos para radicar recobros o reclamaciones, la medida de giro previo y los plazos para llevar a cabo la nueva auditoría integral y el pago. Por ejemplo, la entidad que se defina para llevar a cabo la auditoría integral informará su resultado al reclamante, dentro de los tres meses siguientes al cierre del periodo de radicación en el que fue presentada la solicitud. Informado el resultado, se efectuará, dentro del mismo término, el pago de los recobros aprobados a las EPS, a favor de las IPS de su red autorizada y de las reclamaciones aprobadas a favor de los prestadores de servicios de salud y personas naturales.
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