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Minhacienda expedirá decreto sobre régimen de reservas técnicas de entidades aseguradoras

Las aseguradoras deberán utilizar un vector para aquellos flujos de efectivo futuros que sean sensibles a la inflación.
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30 de Agosto de 2023

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Las entidades aseguradoras tendrán la obligación de calcular, constituir y ajustar en forma mensual sus reservas técnicas, de conformidad con las reglas establecidas en un proyecto de decreto que el Ministerio de Hacienda puso a discusión pública y en las normas que lo modifiquen y lo complementen, salvo para las reservas que presenten una periodicidad diferente. 

El cálculo de las reservas técnicas corresponderá a la mejor estimación de las obligaciones de las entidades aseguradoras conforme al artículo 2.31.4.1.4 de la iniciativa, sumado al ajuste por riesgo no financiero definido en el artículo 2.31.4.1.5. 

En este sentido, las aseguradoras deberán calcular sus reservas técnicas a partir de la mejor estimación de sus obligaciones futuras. La mejor estimación corresponde al valor actual esperado de los flujos de caja mediante la aplicación de una tasa de descuento. Para el cálculo de la mejor estimación de las reservas técnicas, las entidades aseguradoras deberán tener en cuenta los siguientes elementos técnicos: 

i) Tasa de descuento: las entidades aseguradoras deberán utilizar una tasa de descuento para la estimación de los flujos de efectivo de los contratos de seguro. 

ii) Agregación por carteras: las aseguradoras deberán agregar los contratos de seguro a partir de los ramos técnicos definidos por la Superintendencia Financiera de Colombia. 

iii) Estimación a partir de hipótesis realistas: las entidades aseguradoras deberán tener en cuenta hipótesis que garanticen una correcta estimación de los flujos de caja futuros. 

iv) Vector de inflación: las entidades aseguradoras deberán utilizar un vector para aquellos flujos de efectivo futuros que sean sensibles a la inflación. 

v) Vector de salario mínimo: las entidades aseguradoras deberán utilizar un vector para aquellos flujos de efectivo futuros que sean sensibles a la variación del salario mínimo. 

El proyecto decreto recibirá comentarios hasta el 12 de septiembre del 2023

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