Para efectos marcarios, ¿qué significa cobertura restringida? (8:00 a.m.)
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27 de Febrero de 2018
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La cobertura restringida hace referencia a los productos y/o servicios a los cuales hace mención el registro marcario pero que no corresponden a la totalidad de la clase solicitada. Es decir, aclaró la Superintendencia de Industria y Comercio, la solicitud no busca distinguir todos y cada uno de los productos que están comprendidos en cada una de las clases, sino simplemente identificar productos y/o servicios específicamente delimitados. Así las cosas, cuando dentro de la información de un registro marcario se hace referencia a que existe cobertura restringida, esto significa que los productos y/o servicios concedidos no corresponden a la totalidad de los que componen la clase referenciada en el formulario de registro.
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