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Mercantil


Operadores deben compensar minutos por servicios móviles, en forma individual

Los usuarios no tienen que hacer ninguna solicitud ante su operador, quien debe informar la cantidad de minutos compensados, en un mensaje de texto.
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04 de Febrero de 2015

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En febrero, los usuarios de servicios móviles de voz verán reflejados en su saldo compensaciones individuales de minutos o segundos, según el plan, por las fallas en la prestación del servicio (falta de cobertura o deficiente prestación de servicios de voz) que se hayan presentado en enero de este año.

 

Esta obligación, definida en la Resolución 4296 del 2013 de la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), que empezó a regir en enero del 2014, señala que la compensación debe hacerse en forma individual. Sin embargo, los operadores que no estaban preparados podían, durante el año pasado, compensar una cantidad promedio de minutos. A partir de enero de este año, todos los operadores están obligados a compensar a cada uno de sus usuarios.

 

Al ser automática la compensación, los usuarios no tienen que hacer ninguna solicitud ante su operador, quien debe informar sobre la cantidad de minutos compensados, a través de un mensaje de texto.

 

Cómo opera la compensación

La compensación se realiza a través de una recarga de tiempo al aire disponible (minutos o segundos, según la modalidad de facturación del operador), a los usuarios de planes pospago y prepago.

 

En pospago, el operador debe efectuarla dentro del siguiente periodo de facturación, posterior al mes respectivo, y en prepago, dentro de los 30 días calendario siguientes al mes objeto de compensación.

 

Cabe recordar que la CRC expidió la Circular 109 del 2013, con el fin de precisar algunos aspectos sobre la medida, en cuanto al alcance de los eventos previstos en el numeral 1º del anexo de la Resolución 3066 del 2011.

 

Según cifras de la CRC, de enero a noviembre del 2014, los operadores compensaron 1.163 millones de minutos de tiempo al aire. Los usuarios que lo requieran pueden solicitar información detallada de la compensación recibida, a través de cualquier mecanismo de atención al público (líneas gratuitas de atención telefónica, oficinas virtuales -página web y red social- y oficinas físicas).

 

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