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Noticias / Mercantil


La SIC recuerda cómo opera el derecho de retracto

27 de Julio de 2021

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Nota:
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Las operaciones mercantiles pactadas mediante sistemas de financiación y las ventas que utilizan métodos no tradicionales o a distancia fueron objeto de especial supervisión y, por ende, cuentan con pautas claras y expresas para su ejecución, recordó la Superintendencia de Industria y Comercio.

 

Precisamente, siendo operaciones atípicas en las que prima el escaso contacto del consumidor con el producto o servicio que se va a adquirir y la forma en que se realiza el abordaje del cliente para obtener su consentimiento, el legislador consideró necesario reglamentar este tipo de negocios.

 

En este sentido, el legislador contempló mecanismos expresos y expeditos que garantizan los derechos del consumidor a recibir bienes y servicios acordes con las condiciones ofrecidas y a replantear su decisión de compra cuando su consentimiento se vio determinado por las condiciones en las que se le abordó para concretar el negocio.

 

Derecho de retracto

 

Así las cosas, en el marco del derecho de retracto, el consumidor está habilitado para modificar su decisión de compra, siempre y cuando ejercite el derecho dentro de la oportunidad contemplada para el efecto.

 

El artículo 47 del Estatuto del Consumidor (Ley 1480/11) dispone que en todos los contratos para la venta de bienes y prestación de servicios mediante sistemas de financiación otorgada por el productor o proveedor, venta de tiempos compartidos o ventas que utilizan métodos no tradicionales o a distancia, que por su naturaleza no deban consumirse o no hayan comenzado a ejecutarse antes de cinco días, se entenderá pactado el derecho de retracto por parte del consumidor.

 

En el evento en que se haga uso de la facultad de retracto se resolverá el contrato y se deberá reintegrar el dinero que el consumidor hubiese pagado. El consumidor deberá devolver el producto al productor o proveedor por los mismos medios y en las mismas condiciones en que lo recibió. Los costos de transporte y los demás que conlleve la devolución del bien serán cubiertos por el consumidor.

 

El término máximo para ejercer el derecho de retracto será de cinco días hábiles contados a partir de la entrega del bien o de la celebración del contrato en caso de la prestación de servicios.

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