Ingresos obtenidos por ventas a SCI no están sujetos al impuesto de industria y comercio (3:51 p.m.)
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15 de Septiembre de 2014
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Los artículos vendidos a las sociedades de comercialización internacional (SCI) son productos destinados a la exportación y, por ende, no sujetos al impuesto de industria y comercio, siempre y cuando se acredite esta circunstancia con el respectivo certificado al proveedor y los bienes sean exportados dentro del término legal, precisó el Ministerio de Hacienda. De acuerdo con lo previsto en el Decreto 1740 de 1994, modificado por el Decreto 93 del 2003, reglamentario de las SCI, el principal objeto de estas entidades es la comercialización y venta de productos colombianos en el exterior y son las responsables exclusivas de las exportaciones dentro de la oportunidad y condiciones señalados. Así mismo, deben expedir el certificado al proveedor y exportar los bienes en su mismo estado o transformados.
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