Gobierno dice que Uber no es economía naranja
23 de Diciembre de 2019
Luego de la decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), y ante las críticas de Uber, el viceministro de Creatividad y Economía Naranja, Felipe Buitrago, a través de su cuenta de Twitter, indicó que empresas como Uber no son parte del modelo de economía naranja que promueve el Ejecutivo.
Aclaraciones sobre tema @Uber:
— Felipe Buitrago (@FelipeNaranja) December 21, 2019
1. Es fallo judicial, el Gobierno no tiene injerencia en esa situación
2. Es un app de transporte, no de contenidos simbólicos, luego no es #EconomíaNaranja
3. Hay sinergias entre las nuevas tecnologías y la #EconomíaNaranja pero no son lo mismo
Para reforzar la polémica generada por el tema, el funcionario publicó un abecé sobre lo que es realmente la economía naranja.
Para despejar dudas sobre #EconomíaNaranja pueden descargar y leer el ABC https://t.co/23YJbWXhhU
— Felipe Buitrago (@FelipeNaranja) December 21, 2019
Respuesta de Uber
Uber dio a conocer que apeló el fallo de la SIC ante el Tribunal Superior de Bogotá. De igual manera, envió una carta abierta a un medio de comunicación y solicitó a las autoridades del país establecer una regulación que permita desarrollar y fomentar el uso de servicios como el de esta plataforma. (Lea: Cancelación de licencias por ofrecer transporte en vehículos particulares perdió sustento jurídico)
“Los tiempos cambian y es fundamental que las normas de cualquier país en el mundo logren adaptarse a la forma en la que evolucionan las sociedades”, señaló la compañía. (Lea: Cancelar licencia por 25 años por prestar servicio de transporte en vehículos particulares es inconstitucional)
Solicitó que se fomente el uso de alternativas de movilidad intermediadas por la tecnología y que se tenga como principio fundamental privilegiar el bien común de los ciudadanos.
Por otra parte, calificó de contradictoria la decisión de la SIC, al referirse a las banderas de innovación, emprendimiento y economía naranja que el Gobierno promueve. (Lea: Cancelación de licencias por ofrecer transporte en vehículos particulares perdió sustento jurídico)
“El fallo, contrario a las pruebas, ley, jurisprudencia y conceptos de esa entidad, violó el debido proceso y los derechos constitucionales, ordenando el cese de prestación de servicio de Uber. Un fallo que afecta principalmente a usuarios y socios conductores”, indica la comunicación. (Lea: La innovación jurídica de Silicon Valley: un test para reconocer quiénes son trabajadores)
“Desde hace 6 años Uber ha sido parte del desarrollo del país y ha mejorado las opciones de movilidad de millones de personas. Hoy es una opción tecnológica para más de dos millones de ciudadanos en Colombia y contribuye en la generación de oportunidades para más de 88.000 socios conductores”, añadió la compañía.
¿En qué se basó la decisión de la SIC?
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) resolvió la demanda interpuesta por Cotech S. A. en contra de Uber BV, Uber Technologies INC y Uber Colombia SAS y determinó que estas últimas incurrieron en actos de competencia desleal por violación de normas y desviación de clientela (artículos 8 y 18 de la Ley 256 de 1996), al prestar irregularmente el servicio público individual de transporte.
La #SICSuper en funciones jurisdiccionales, resolvió demanda por competencia desleal presentada por COTECH S.A. en contra de UBER COLOMBIA S.A.S.
— Superintendencia SIC (@sicsuper) December 20, 2019
Es de aclarar que es un asunto judicial entre dos particulares: https://t.co/HQLUvRvp6F pic.twitter.com/3NGW6Ra6Bq
La SIC estableció que Uber BV, como licenciatario de la aplicación “Uber”, presta el servicio de transporte público individual de pasajeros, al crear la oferta y poner a disposición de los usuarios dicho servicio. “Esto viola las normas que regulan el mercado, genera una ventaja significativa en el mercado y genera desviación de la clientela de Cotech S.A.”.
Así mismo, se determinó que Uber Technologies INC -desarrolladores de la aplicación Uber- participa de manera efectiva en la comisión de dichos actos.
Como resultado del análisis, la SIC ordenó a las demandadas que de manera inmediata cesen los actos de competencia desleal declarados y que se ejecutan haciendo uso de la aplicación “Uber”; así mismo, que de manera inmediata cesen la utilización de contenido, acceso y prestación del servicio de transporte individual de pasajeros bajo las modalidades “Uber” “Uber X” y “Uber VAN”, por medio de la utilización de la aplicación tecnológica “Uber” en el territorio Colombiano.
Dicha decisión fue proferida en audiencia realizada el pasado viernes 20 de diciembre y los efectos son de inmediato cumplimiento, según explicó el titular de la entidad, Andrés Barreto.
Sic, Comunicado, Dic. 20/19.
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