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Garantía legal no aplica sobre productos imperfectos o usados, si se le informó tal condición al consumidor en la factura (3:54 p.m.)

100942

24 de Abril de 2015

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De acuerdo con lo previsto en el artículo 15 de la Ley 1480 del 2011 (Estatuto del Consumidor), quienes ofrecen productos o servicios al público con el carácter de imperfectos, usados, reparados, remanufacturados, repotencializados o descontinuados deben informar claramente esta circunstancia al consumidor, para que pueda tomar mejores decisiones de consumo, indicó la Superintendencia de Industria y Comercio. Cuando en la factura de venta se informe sobre dichas condiciones de los productos, la garantía legal no será exigible en este aspecto. La entidad recordó que, a través de la Resolución 497 del 2013, expidió el reglamento técnico para etiquetado de productos en circunstancias especiales, para los cuales se haya autorizado su importación, ensamble, distribución, uso o comercialización.

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