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Esta es la sentencia que declaró inconstitucional norma que excluía invalidez relativa del pacto arbitral como causal de anulación del laudo (10:37 a.m.)

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17 de Septiembre de 2014

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La Corte Constitucional publicó el texto definitivo de la sentencia que declaró inexequible la expresión “absoluta” del numeral 1º del artículo 41 del Estatuto de Arbitraje (Ley 1563 del 2012), que excluía de la primera causal de anulación del laudo arbitral la invalidez relativa del pacto arbitral. Para la Sala Plena, la ley no puede restringir la posibilidad de anular un laudo arbitral cuando el tribunal de arbitramento que lo profirió carecía de jurisdicción y competencia para hacerlo; esto debido al principio de habilitación que señala que el marco de acción de los árbitros surge de la voluntad libre, autónoma y consentimiento de las partes. Luis Ernesto Vargas presentó salvamento de voto (M. P. Mauricio González Cuervo).

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