Disminuye cuota para mantenimiento del registro abierto de avaluadores (3:05 p.m.)
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08 de Enero de 2020
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La Superintendencia de Industria y Comercio indicó, mediante Resolución 76743 del pasado 30 de diciembre, la metodología para establecer la cuota anual para el mantenimiento del registro abierto de avaluadores (RAA). Así las cosas, la cuota de mantenimiento debe ser asumida mensualmente por cada una de las entidades de autorregulación (ERA) reconocidas y autorizadas para operar. Esta cuota debe ser pagada por cada ERA al operador del RAA y su pago no debe quedar condicionado al pago de los valores a cargo de cada avaluador frente a las ERA. La cuota mensual que cada ERA debe pagar es de $ 12.500 por cada avaluador inscrito en dicho registro, a la fecha de corte del último día calendario del mes anterior. El incumplimiento de la obligación puede conllevar la imposición de las medidas y sanciones previstas en el inciso final del numeral 3.2 de la Resolución 64191 del 2015 y en la Ley 1480 del 2011, previo procedimiento administrativo sancionatorio. La norma deroga la Resolución 89994 del 2018.
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