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Decretos reglamentarios únicosNormas relativas al Runeol excluidas del decreto único del sector de Hacienda (4:10 p.m.)

102915

24 de Septiembre de 2015

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El artículo 143 de la Ley 1753 del 2015 modificó el artículo 14 de la Ley 1527 del 2012, estableciendo que el Registro único nacional de entidades operadoras de libranza (Runeol) será administrado por las cámaras de comercio, por lo cual, se hace necesario excluir las disposiciones que lo regulaban del Decreto 1068 del 2015, único reglamentario del sector de Hacienda y Crédito Público. Entonces, el Ejecutivo decidió derogar los títulos I, II, III y IV de la Parte XV del libro II de dicha norma.

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