Mercantil
CRC establece contrato único para servicios de telefonía móvil
Los operadores tienen la obligación de adoptar el modelo simplificado de contrato diseñado por la comisión.
05 de Noviembre de 2014
Con el fin de proteger a los usuarios y garantizar que entiendan, consulten y recuerden las condiciones de prestación de los servicios de telefonía móvil, la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) expidió la Resolución 4625, que establece un modelo de contrato único, así como las condiciones generales de prestación del servicio.
En adelante, los operadores tienen la obligación de adoptar el modelo simplificado de contrato diseñado por la CRC, que contiene lo esencial, con información relevante para los usuarios, redactada en un lenguaje sencillo.
La norma adopta unos formatos que recogen los principales aspectos de la relación operador-usuario, respetando la autonomía de la voluntad de las partes en cuanto a la posibilidad de establecer los elementos esenciales del contrato y las condiciones particulares del servicio, que pueden ser elegidas por el usuario y ofrecidas libremente por el operador.
En el caso de los contratos vigentes, la simplificación entrará a regir cuando se modifique la relación jurídica y/o comercial entre las partes, es decir, cuando haya cambios de plan o renovaciones automáticas por terminación o cumplimiento de la vigencia pactada.
Las modificaciones al régimen de protección de los usuarios de servicios de comunicaciones contenido en la Resolución 3066 del 2011 deberán ser acogidas por todos los proveedores de redes y servicios, en lo que les resulte aplicable. En todo caso, el contrato estará sujeto a aprobación previa por parte de la CRC.
(Comisión de Regulación de Comunicaciones, Resolución 4625, oct. 28/14)
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