Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

Mercantil


Cláusulas abusivas en contratos celebrados con los consumidores son ineficaces de pleno derecho

Conozca un caso estudiado por la Superintendencia de Industria y Comercio en el que se pedía la devolución del dinero pagado por un servicio de viaje a Australia para estudiar idiomas.
30515
Imagen
avion-viajes-vueloshut-1509241663.jpg

14 de Agosto de 2017

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Sala Edición 5 - Imagen Principal

 

En reciente sentencia, en la que se buscaba la devolución del dinero pagado por un servicio de viaje a Australia para estudiar idiomas, la Superintendencia de Industria y Comercio precisó que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 42 de la Ley 1480 del 2011 (Estatuto del Consumidor), son cláusulas abusivas aquellas que producen un desequilibrio injustificado en perjuicio del consumidor y las que, en las mismas condiciones, afecten el tiempo, modo o lugar en que este puede ejercer sus derechos.

 

Así las cosas, productores y proveedores no podrán incluir cláusulas abusivas en los contratos celebrados con los consumidores y, en caso de ser incluidas, serán ineficaces de pleno derecho.

 

Lo anterior como garantía de protección contractual en las relaciones de consumo derivadas de la suscripción de contratos de condiciones uniformes, en los que, rara vez, el contratante tiene la oportunidad de negociar las condiciones del contrato.

 

Superindustria y Comercio, Sentencia 7104, 07/31/17

 

Documento disponible para suscriptores de LEGISmóvilSolicite un demo.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)