Mercantil
Representante legal de la compañía puede ser contador de la misma
El contador está obligado a observar los principios básicos de la ética profesional al dar fe pública de hechos inherentes a su oficio.
01 de Septiembre de 2014
No existe disposición legal que le prohíba al contador público desempeñar de manera simultánea los cargos de representante legal y contador en una compañía, siempre y cuando no exista confusión de funciones que genere traumatismos para la misma o para terceros y que los estatutos no establezcan lo contrario, indicó la Superintendencia de Sociedades.
En todo caso, teniendo en cuenta lo previsto en la Ley 43 de 1990, está obligado a observar los principios básicos de la ética profesional al dar fe pública de hechos inherentes a su oficio, como son la imparcialidad, la confianza y la confidencialidad, que podrían verse afectados en algún momento.
No sucede lo mismo con el revisor fiscal, a quien el artículo 205 del Código de Comercio le prohíbe expresamente ejercer el cargo en una empresa de la cual es asociado y en sus subordinadas, e inclusive ocupar otros cargos a quienes sean asociados o estén ligados por matrimonio o parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad, primero civil o segundo de afinidad.
Así mismo, quienes sean consocios de los administradores y funcionarios directivos, cajero, auditor o contador de la misma sociedad o a quienes desempeñen cualquier otro cargo en la misma compañía o en una subordinada.
(Superintendencia de Sociedades, Concepto 220-108782, jul. 11/14)
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