Formulan cargos contra comercializadores de vapeadores, por presunta vulneración a derechos del consumidor
30 de Agosto de 2022
La Superintendencia de Industria y Comercio formuló pliego de cargos en contra de los comercializadores British American Tobacco Colombia SAS, Inversiones Glu Cloud SAS, Grupo Diy SAS y Lifetech SAS para determinar si vulneraron las disposiciones del Estatuto del Consumidor (Ley 1480/11) en cuanto al ofrecimiento de productos que contienen nicotina y otras sustancias que afectan la salud, conocidos como “líquidos para vapeadores” y/o “vapeadores”.
El origen de las investigaciones fueron varias denuncias que señalan, entre otras cosas, que los cuestionados suministran información engañosa respecto de los líquidos que se emplean en los dispositivos denominados “vapeadores” y que contienen presuntamente nicotina, así como por la inobservancia de obligaciones legales sobre las condiciones especiales que deben ser informadas a los consumidores para este tipo de productos nocivos. (Lea: Instituciones educativas son autónomas para establecer reglas sobre uso de vapeadores).
Una vez analizado el material probatorio, como fue visitas de inspección administrativa a las páginas web de los comercializadores y recolección de diversa documentación, la entidad concluyó de manera preliminar varias conductas constitutivas de infracciones, entre ellas:
- No suministro de información clara, oportuna y precisa respecto de la intensidad de nicotina ofrecida a los usuarios.
- Suministro de información mínima en idioma diferente al castellano.
- No se indicó en los envases y empaques de los productos la nocividad de los mismos, ni las condiciones o indicaciones necesarias para la correcta utilización de las sustancias que contienen nicotina.
- Se emitió publicidad de productos que son nocivos para la salud, sin advertirle claramente al público acerca de la nocividad y las contraindicaciones del caso. (Lea: Cigarrillos electrónicos no están aprobados para usarse como medicamento).
- Se emplearon herramientas de comercio electrónico sin tomar medidas para verificar la edad de los consumidores.
- En los contratos de adhesión se incluyeron cláusulas que irían en detrimento de los derechos que les asisten a los consumidores.
De confirmase la vulneración por parte de los comercializadores cuestionados, se podrán imponer multas hasta por 2.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
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