Superfinanciera ajusta criterios a tener en cuenta para prestar asesoría especial en distribución de los fondos de inversión colectiva (8:50 a.m.)
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08 de Septiembre de 2016
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A través de la Circular Externa 033, la Superintendencia Financiera modificó el numeral 2º del Capítulo V del Título VI de la Parte III de la Circular Básica Jurídica, con el fin de ajustar las instrucciones relacionadas con los eventos en los cuales, por la naturaleza y el riesgo de los activos en los cuales invierten los fondos de inversión colectiva (FIC), se requiere prestar el deber de asesoría especial, con lo cual se incluye el siguiente criterio: “Cuando el distribuidor promueva FICs que realicen operaciones en instrumentos financieros derivados de especulación”.
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