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SIC confirma sanción a Bel Star por violar las normas sobre hábeas data crediticio (8:30 a.m.)

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03 de Julio de 2013

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La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) encontró que la compañía Bel Star S. A. violó el deber legal de comunicarles previamente a los ciudadanos que serían reportados a las centrales de riesgo con el fin de que estos pudieran pagar la obligación en mora o controvertirla. Por esta razón, la entidad le impuso una sanción de $ 235’800.000. La decisión adoptada también confirmó las órdenes impartidas por la SIC para que se eliminen de las historias de crédito los reportes negativos frente a los cuales no se haya cumplido con el deber de comunicación previa, se elabore un plan de capacitación dirigido a los empleados sobre la aplicación de las normas sobre hábeas data y se diseñe un plan de trabajo para informar a las entidades de crédito cuando un reporte negativo se encuentra en discusión. En especial, la compañía incumplió los deberes contenidos en el artículo 12 de la Ley 1266 del 2008 (Ley de Hábeas Data) y el artículo 2º del Decreto 2952 del 2010, toda vez que se reportó información personal ante los operadores Datacrédito y Cifín, sin haber comunicado previamente al titular que iba a efectuar ese reporte y sin otorgar la oportunidad de controvertir o pagar las obligaciones.

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