Si la renta es de fuente nacional, aplica retención en la fuente incluso a paraísos fiscales (4:45 p.m.)
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01 de Julio de 2014
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La retención en la fuente sobre pagos o abonos en cuenta efectuados a una persona natural, jurídica o a cualquier otro tipo de entidad que esté constituida, localizada o en funcionamiento en un país, jurisdicción, dominio, estado asociado o territorio calificado como paraíso fiscal por el Artículo 1º del Decreto 2193 del 2013, es viable únicamente cuando dicha renta sea de fuente nacional.
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