21 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 4 hours | ISSN: 2805-6396

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Hacen permanentes normas sobre insolvencia empresarial

16 de Diciembre de 2024

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Fue sancionada una ley que establece como legislación permanente los decretos legislativos 560 y 772 del 2020 y sus decretos reglamentarios 842 y 1332 del 2020, expedidos durante la emergencia por Covid 19 para el salvamento empresarial.

Esta legislación tiene como objetivo ofrecer soluciones ágiles y eficaces a las empresas en dificultades financieras, simplificando los trámites para acceder a los mecanismos de reorganización. En este sentido, las solicitudes de los deudores se tramitarán de forma expedita, priorizando los recursos disponibles para ello y evitando retrasos innecesarios en los procesos judiciales. De esta manera, se busca una respuesta rápida ante situaciones de insolvencia empresarial.

En el proceso de reorganización, una de las modificaciones clave es que el juez del concurso no realizará auditoría sobre los documentos presentados por los deudores. Esta responsabilidad recae exclusivamente en el deudor y su contador o revisor fiscal, quienes deberán garantizar la veracidad y exactitud de la información financiera. No obstante, el juez podrá solicitar la ampliación o actualización de la documentación, si considera que es necesario para avanzar con el proceso de manera eficiente. Esta medida busca reducir la carga burocrática y acelerar la resolución de los casos. (Lea: Mincomercio propone cambios a norma de vigilancia empresarial)

Una de las principales ventajas de la nueva ley es la posibilidad de flexibilizar los acuerdos de reorganización. Esto incluye plazos de pago más ajustados a la realidad económica de la empresa, así como la posibilidad de reestructurar las obligaciones para que los acreedores puedan recibir pagos simultáneos o sucesivos. En particular, se podrán establecer mecanismos de alivio financiero que favorezcan la reactivación de la empresa. Estos acuerdos pueden incluir la capitalización de pasivos, lo que permitirá a los acreedores asumir una parte del capital social de la empresa, transformando las deudas en acciones o bonos de riesgo.

La capitalización de pasivos es un punto central de la nueva ley. Los acreedores interesados podrán suscribir acciones o bonos de riesgo, con lo que se busca una solución que beneficie tanto a la empresa en reorganización como a los acreedores. Estos títulos se computarán como inversiones negociables y deberán venderse dentro del plazo del acuerdo. Además, se podrán incluir derechos de voto especiales o dividendos preferenciales, siempre que sean aprobados por el órgano social correspondiente. Este mecanismo tiene como fin asegurar que los acreedores tengan un papel activo en la reestructuración financiera de la empresa.

Por otro lado, la ley contempla la posibilidad de la “descarga de pasivos” en aquellos casos en los que el pasivo de la empresa sea superior a su valoración como entidad en marcha. En este escenario, se podrá reducir la deuda que exceda el valor de la empresa, siempre y cuando el acuerdo cuente con la aprobación de al menos el 60 % de los acreedores externos y no afecte a los derechos de los acreedores laborales, pensionados o garantizados. Este tipo de acuerdos ofrece una solución viable para empresas con pasivos elevados que no pueden ser asumidos por completo.

Otro de los elementos clave de esta legislación es la inclusión de pactos de deuda sostenible en los acuerdos de reorganización, los cuales permitirán que las obligaciones no se extingan de inmediato, sino que se reestructuren para que los plazos de pago sean más ajustados a las capacidades financieras de la empresa. La aprobación requerirá el respaldo del 60 % de los acreedores financieros. Esta medida busca garantizar que las empresas puedan continuar operando, mientras se ajustan sus deudas de manera sostenible.

Por último, la ley ofrece flexibilidad en cuanto a la obtención de créditos para las empresas en reorganización. Entre el inicio del proceso y la confirmación del acuerdo, los deudores podrán obtener financiamiento para seguir operando en su giro comercial. En caso de no lograrlo, podrán solicitar autorización para obtener crédito bajo condiciones especiales, garantizando los activos no comprometidos previamente. Esto permitirá a las empresas acceder a recursos financieros sin comprometer su estabilidad o la de sus acreedores.

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