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Giros postales no son actividad financiera (1:00 p.m.)

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09 de Noviembre de 2011

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Ni captan dineros del público ni son intermediarios financieros. Es decir, no ejercen actividades financieras. Esto concluyó la Corte Constitucional de las empresas postales que también hacen giros de dinero a nivel nacional e internacional. Por esta razón, la Corte declaró exequibles todas las normas del nuevo Régimen de Servicios Postales (L. 1369/09) que consagran los giros postales. Al no concebir los giros postales como actividades financieras, el alto tribunal consideró que los artículos de la ley que regulan estos pagos no debieron tramitarse bajo el esquema de una ley marco, como lo exige la Constitución para las normas sobre el sector financiero, sino que avaló que se hayan promulgado mediante una ley ordinaria. Además, descartó que esta actividad tenga que ser reglamentada por el Gobierno Nacional o el Banco de la República, para aceptar que sean el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Mintic) y la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) las entidades que la regulen y controlen (M. P. María Victoria Calle).

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