Créditos a microempresarios por encima de los montos permitidos no se rigen por modalidad de microcrédito (9:20 a. m.)
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15 de Octubre de 2014
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De acuerdo con lo previsto en el artículo 11.2.5.1.2 del Decreto 2555 del 2010, sobre definición de microcrédito, el prestatario puede tener varias operaciones, cuyo monto, por cada una, no supere 25 salarios mínimos mensuales legales vigentes, siempre y cuando el saldo total que adeude al sector financiero no sea mayor a 120 salarios mínimos mensuales legales vigentes, indicó la Superintendencia Financiera. Por lo tanto, los créditos otorgados por encima de los montos señalados no se pueden regir por las disposiciones e instrucciones sobre tasa, honorarios y comisiones previstas para el microcrédito, sino por las determinadas para las demás modalidades de crédito, sin perjuicio de que, en cada caso, se analice la posible violación a las normas sobre límites a las tasas de interés, con las correspondientes consecuencias legales, precisó la entidad.
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