Contrato de seguro en operaciones con sistema de financiación se demuestra con una constancia o certificado de riesgos (4:35 p.m.)
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27 de Noviembre de 2015
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El documento a través del cual se puede demostrar la existencia del contrato de seguro en las operaciones de crédito otorgadas por personas naturales o jurídicas cuyo control y vigilancia sobre su actividad crediticia no haya sido asignada a alguna autoridad administrativa en particular, reguladas por el artículo 45 de la Ley 1480 del 2011 (Estatuto del Consumidor), es una constancia o certificado donde se indiquen los riesgos cubiertos, beneficiarios, exclusiones, suma asegurada y monto o valor de la prima, en el entendido de que el consumidor decida contratar con una de las aseguradoras sugeridas por el proveedor o expendedor. Así lo indicó la Superintendencia de Industria y Comercio, en reciente concepto.
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