Actualizan tarifas de la matrícula mercantil
03 de Enero de 2025
El Gobierno nacional, a través del Decreto 1074 del 2015, modificado por el Decreto 045 del 30 de enero del 2024, reguló los derechos por registro y renovación de la matrícula mercantil, así como otros trámites relacionados con los establecimientos de comercio, sucursales, agencias y la inscripción de documentos. Esta normativa, que entró en vigor el 1° de enero del 2025, buscan simplificar y reducir los costos de registro para los pequeños empresarios del país.
Reducción de costos para pequeños empresarios
Con el nuevo marco normativo, se establece una liquidación anual de los derechos por registro y renovación de la matrícula mercantil, que se realizará conforme a las reglas del artículo 2.2.2.46.1 del Decreto 1074/2025, modificado por el Decreto 045/2024. La reducción de los costos beneficiará especialmente a los pequeños empresarios, al disminuir los pagos por registro y renovación tanto de la matrícula mercantil como de los establecimientos, sucursales y agencias. Este ajuste está orientado a facilitar el acceso y la permanencia en el mercado para emprendedores con menos recursos.
Derechos por registro y renovación de la matrícula mercantil
Los derechos por registro y renovación de la matrícula mercantil se calcularán en Unidades de Valor Básico (UVB) y dependerán de los activos ordinarios de los comerciantes, según lo estipulado en la normativa vigente. De acuerdo con la tabla incluida en el decreto, la liquidación se ajustará a estos parámetros, lo que permite una mayor transparencia y adaptabilidad a las diferentes realidades de los comerciantes:
Derechos por registro de establecimientos, sucursales y agencias
Para el registro y la renovación de la matrícula de establecimientos de comercio, sucursales y agencias, se aplicarán tarifas diferenciadas, también basadas en UVB, y ajustadas al monto de los activos totales del propietario, así como al domicilio donde se encuentre registrado el comercio. Estas reglas también se especifican en la tabla del decreto, brindando claridad sobre los costos y condiciones de los trámites.
Derechos por cancelación, mutaciones y otros registros
En cuanto a la cancelación de la matrícula y las mutaciones relacionadas con la actividad mercantil, se establece un esquema de derechos específicos.
Certificaciones de registro mercantil y entidades sin ánimo de lucro
Los certificados expedidos por las cámaras de comercio, en desarrollo de su función pública de llevar el registro mercantil, tendrán los siguientes valores, independiente del número de hojas.
Además, la inscripción de libros y documentos en el registro mercantil, estará sujeta a un derecho de 6 UVB (equivalente a $ 69.000) y para inscripción en el registro mercantil de los libros respecto de los cuales la ley exige esa formalidad causará un derecho de 2 UVB, equivalente a $ 23.100.
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