Mercantil
Acciones de compañía de financiamiento pueden endosarse para garantizar crédito en otra
Las acciones no pueden corresponder a más del 10 % de las del emisor ni exceder el 10 % del capital pagado y reservas del banco acreedor.18 de Febrero de 2013
Una persona natural accionista de una compañía de financiamiento puede endosar sus acciones para garantizar un crédito otorgado por otra compañía, indicó la Superintendencia Financiera.
Según la entidad, el artículo 10 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, aplicable por remisión del artículo 213 ibídem, faculta a estas compañías para recibir acciones en garantía por los préstamos que otorgan.
Sin embargo, la norma es clara al precisar que se deben observar las limitaciones legales, es decir, que no correspondan a más del 10 % de las acciones del emisor ni excedan del 10 % del capital pagado y reservas del banco acreedor.
(Superintendencia Financiera, Concepto 2012105453, ene. 22/13)
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