Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Fijan proceso de atención de quejas o reclamos `exprés´ contra entidades vigiladas por Superfinanciera (12:24 p.m.)

106255

31 de Diciembre de 2015

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
Con el propósito de mejorar la eficiencia de los canales de atención al consumidor financiero, la Superintendencia Financiera modificó el subnumeral 11.4. del Capítulo II del Título IV de la Parte I de su Circular Básica Jurídica, con el fin de incorporar instrucciones relativas a la identificación de las respuestas que suministran las entidades vigiladas frente a quejas o reclamos de los consumidores financieros. También modificó los subnumerales 11.3. y 11.5. del Capítulo II del Título IV, para incluir el procedimiento de atención a quejas denominado “Quejas Exprés” y el 11.6. del mismo capítulo; con el fin de adecuarlo a la normativa actual en materia de derecho de petición. Por último, cambió los numerales 2.3.2 y 2.8 del anexo 1 para adicionar los códigos 151 “Respuesta a Requerimiento CF-T”, 153 “Respuesta a Requerimiento CF-P” y 154 “Respuesta a Requerimiento CF-N”, relacionados con el proceso de atención de quejas. Esta nueva circular regirá a partir del 1º de febrero del 2016.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)