Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Establecen condiciones para determinar sociedades extranjeras reconocidas por desarrollar la proveeduría de precios de valoración (3:33 p.m.)

72678

30 de Marzo de 2011

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Para efectos de lo dispuesto en el artículo 2.16.1.2.7 del decreto único de los sectores financiero, asegurador y del mercado de valores (Decreto 2555/10), se consideran sociedades extranjeras reconocidas por desarrollar, de manera profesional, la proveeduría de precios para valoración a aquellas que tienen experiencia igual o superior a cinco años desarrollando en el exterior las actividades señaladas en el artículo 2.16.1.2.4 de la citada norma. Dicha experiencia podrá demostrarse directamente o por conducto de sus entidades vinculadas o por su beneficiario real, siempre y cuando la entidad que acredite la experiencia esté bajo la supervisión de una autoridad con funciones públicas o de un ente con funciones de autorregulación, según corresponda en su jurisdicción, precisa la Circular Externa 13 del 29 de marzo.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)