Es posible endosar acciones de una compañía de financiamiento para garantizar un crédito en otra (4:00 p.m.)
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14 de Febrero de 2013
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Teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 10 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, una persona natural accionista de una compañía de financiamiento puede endosar sus acciones para garantizar un crédito otorgado por otra compañía, siempre que se observen las limitaciones señaladas en la norma, es decir, que no corresponda a más del 10 % de las acciones del emisor ni exceda del 10 % del capital pagado y reservas del banco acreedor. Así lo señaló la Superintendencia Financiera, en concepto de enero.
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