Coronavirus (covid-19)Fijan disposiciones para el análisis de operaciones de financiamiento a empresas privadas, públicas o mixtas que desarrollen actividades de interés nacional
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16 de Junio de 2020
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Con el Decreto 844 del 2020, el Ejecutivo indicó que para el análisis de las potenciales operaciones previstas en los numerales 4 y 5 del artículo 4, los artículos 5 y 15 del Decreto 444 del 2020, esto es, la provisión directa de financiamiento a empresas privadas, públicas o mixtas que desarrollen actividades de interés nacional, así como invertir en instrumentos de capital o deuda emitidos por dichas empresas, el Ministerio de Hacienda podrá contratar los servicios de asesores expertos en temas legales, financieros y de otra índole que sean necesarios para la determinación de las condiciones en las cuales se realizarían dichas operaciones. Las obligaciones de pago de los honorarios y gastos relacionados de los asesores requeridos para la realización de estos procesos de debida diligencia podrán pactarse con las empresas que puedan ser sujetas de dichos mecanismos de financiamiento o en las cuales se plantee la posibilidad de invertir en instrumentos de capital o deuda, según sea cada caso.
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