A consulta, el reglamento de los corresponsales cambiarios (5:03 p.m.)
67400
12 de Julio de 2010
Escucha esta noticia audio generado con IA
Con la intención de recibir comentarios hasta el próximo jueves 15 de julio, al correo drf@minhacienda.gov.co, el Ministerio de Hacienda acaba de publicar un proyecto de decreto reglamentario del artículo 100 de la Ley 1328 del 2009 (reforma financiera), que contempla las condiciones y los requisitos para que los intermediarios del mercado cambiario (IMC) presten servicios financieros a través de corresponsales. Según la iniciativa, los corresponsales podrán prestar el servicio de recepción o entrega de recursos en moneda legal colombiana, destinados a cumplir o canalizar una operación en moneda extranjera obligatoriamente canalizable o de giros del mercado libre. Estos no podrán desarrollar operaciones de compra y venta de divisas a nombre o por cuenta del IMC, agrega el proyecto.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!