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Consejo de Estado confirma decisión de la SIC de negar signo ‘ahorramas’

El signo carece de distintividad intrínseca y, por lo tanto, se encuentra inmersa en una causal de irregistrabilidad.
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22 de Noviembre de 2023

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El Consejo de Estado confirmó la decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) de negar el registro del signo ‘ahorramas’ ante la falta de distintividad entre los servicios de la Clase 36 de la Clasificación Internacional de Niza.

Para la Sala, el signo describe de manera explícita una característica propia de los servicios que ofrecen las marcas registradas en la Clase 36 de la precitada nomenclatura, dado que no solo tiene una relación directa con los servicios que busca distinguir, sino que se trata de un elemento informativo, que es común en el giro de las operaciones financieras y monetarias de las entidades que los ofrecen.

De este modo, un consumidor medio al contestar la pregunta: ¿Cómo es el producto y servicio financiero ‘ahorramas’? afirmará que son seguros, negocios financieros, negocios monetarios, negocios inmobiliarios que ofrecen mayores ingresos a través del ahorro.

De contera, se trata de un signo compuesto por expresiones descriptivas que indica de forma directa el servicio ofrecido, esto es, un sistema de ahorro, por lo que el consumidor no podrá asociarlo a un determinado origen empresarial.

De otro lado, la Sala advierte que tampoco se trata de un signo evocativo, en la medida en que el consumidor no debe hacer un proceso deductivo para concluir los servicios que pretende ofrecer la sociedad actora a través del precitado signo, por el contrario, la palabra compuesta ‘ahorramas’ al pretender registrarse en la Clase 36 es claro que está dirigido al manejo, aprovechamiento e inversión del dinero; a indemnizar al asegurado en caso de que haya daño y a la operación de compraventa de inmuebles. (C.P.: Oswaldo Giraldo López).

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