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Noticias / Mercantil


Confirman registro de marca figurativa consistente en cuatro cilindros de gas de colores

13 de Enero de 2023

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Nota:
155919

De conformidad con el reglamento técnico expedido por el Ministerio de Minas y Energía, la Ley 142 de 1994 y toda la normativa de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, la prestación del servicio de gas obliga a las diferentes empresas a tener cilindros de su propiedad, debidamente marcados con el nombre de cada empresa. Por tal razón, estas hacen uso de colores para diferenciarse en el mercado, siendo en este caso una marca de color con una forma (cilindro de gas). 

En el caso concreto, el acto acusado concedió el registro de la marca figurativa conformada por cuatro cilindros pintados de colores (naranja brillante, naranja mate, ocre brillante, ocre mate), como se observa a continuación: 

Cilindros

Para la Sección Primera del Consejo de Estado, esta marca registrada posee la característica de distintividad, en la medida en que individualiza, identificada y diferencia en el mercado de las otras marcas, permitiéndole al consumidor o usuario distinguirlo de otros servicios en el mercado.

Adicionalmente, se aclara que las marcas figurativas pueden llegar a ser distintivas en la medida en que cuenten con elementos diferenciadores que permitan identificar el servicio en el mercado, distinguiéndolo de otros prestadores de servicios similares. Es así como el carácter diferenciador lo constituyen precisamente los colores; por lo tanto, la marca registrada corresponde a un conjunto marcario y no a un solo cilindro para un código de clasificación internacionalmente reconocido, y tampoco a un solo color, razón por la cual el cargo de nulidad del registro marcario no prosperó (C. P.: Roberto Augusto Serrato Valdés). 

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