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Actualizado hace 1 día | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Mercantil


Condicionan disposiciones del decreto que creó medidas para fortalecer el FNG y en materia de recursos

14 de Agosto de 2020

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Nota:
117989
La Corte Constitucional, por medio de una sentencia, presentó cuatro importantes determinaciones relacionadas con el Decreto 492 del 2020, que estableció medidas para el fortalecimiento del Fondo Nacional de Garantías (FNG) y dictó disposiciones en materia de recursos, en el marco de la emergencia económica, social y ecológica. En primer lugar, declaró exequibles los artículos 1, 2, 5, 6, 7 y 9. Así mismo, dispuso la exequibilidad del artículo 3, salvo la expresión “el Fondo Nacional del Ahorro (FNA)”,  contenida en la letra a), el cual condicionó en el entendido de que sus excedentes de capital y dividendos, que se disponen para el fortalecimiento patrimonial del FNG, no comprenden los derivados de la administración de las cesantías de los afiliados. En tercer lugar, dispuso la exequibilidad del artículo 4, salvo el contenido de la letra c), que se declara condicionalmente exequible bajo el entendido de que el capital del FNA que se autoriza a disminuir no comprende los recursos derivados de la administración de las cesantías de los afiliados. Finalmente, ordenó la inexequibilidad del artículo 8, el cual establecía la tarifa notarial para la capitalización. Cabe precisar que los efectos de esta decisión quedarán diferidos por el término de tres meses y en ningún caso se afectan las situaciones jurídicas consolidadas. Según la corporación, las expresiones que fueron condicionadas eran contrarias a la prohibición constitucional de utilizar los recursos de las instituciones de la seguridad social para fines diferentes a ella (artículo 48 de la Carta Política). Conozca todas las determinaciones en el texto adjunto (M. P. Diana Fajardo Rivera).

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