Compraventa de acciones o donación son operaciones no exentas del gravamen a los movimientos financieros (5:11 p.m.)
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10 de Noviembre de 2011
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Operaciones como la compraventa de acciones o la donación no están exentas del gravamen a los movimientos financieros, en los términos del primer inciso del numeral 14 del artículo 879 del Estatuto Tributario, pues son actos en los que interviene más de una voluntad, es decir, el traslado no se realizaría a favor del mismo beneficiario inicial, precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. La disposición indica como presupuestos de la exención que las inversiones o portafolios estén constituidos en una misma entidad, sea esta una sociedad comisionista de bolsa, sociedad fiduciaria o sociedad administradora de inversión, y que los traslados se efectúen a favor de un mismo beneficiario.
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