Bancos no pueden pactar directamente con sus clientes reglas para el retiro de depósitos de ahorros (3:15 p.m.)
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29 de Abril de 2014
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De acuerdo con lo previsto en el artículo 127 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, sobre condiciones de los depósitos de ahorros, la modificación de las reglas previstas para el retiro de las sumas depositadas en la secciones de ahorro de los establecimientos bancarios, junto con los intereses devengados, deben sujetarse a la aprobación de la Superintendencia Financiera. Así las cosas, los bancos no tienen la potestad de pactar con sus clientes, personas naturales o jurídicas, términos y condiciones para las cuentas de ahorros distintos a aquellos previstos en el reglamento de ahorros previamente aprobado.
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