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Atacan normas que prevén medidas cautelares en contra de las sociedades de gestión colectiva (11:38 a.m.)

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13 de Junio de 2013

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El literal d) del artículo 30 de la Ley 1493 del 2011 faculta al Director Nacional de Derechos de Autor del Ministerio del Interior a adoptar “cualquiera otra medida que encuentre razonable para garantizar el adecuado ejercicio de las funciones de inspección, vigilancia y control”. Una demanda solicita la inexequibilidad de ese numeral, con base en la posible violación del artículo 29 de la Carta Política. De acuerdo con el actor, la norma censurada consagra una medida cautelar absolutamente indeterminada, pues no precisa qué tipo de acciones se pueden adoptar en contra de las sociedades de gestión colectiva. En consecuencia, concluye, se pueden generar vías de hecho violatorias de diversos derechos fundamentales (demandante: Jorge Alonso Garrido Abad).

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