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Ajustan límites a operaciones de redescuento de Finagro con las cooperativas vigiladas por la Supersolidaria (2:38 p.m.)

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18 de Enero de 2016

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El Ministerio de Hacienda adicionó el Decreto 2555 del 2010 en lo relacionado con los cupos individuales de crédito de las operaciones de redescuento de Finagro con las cooperativas de ahorro y crédito y las cooperativas multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito sometidas a la vigilancia y control de la Superintendencia de la Economía Solidaria. Además, amplía el límite global que tiene dicho fondo para las operaciones de redescuento con cooperativas. Para lo anterior, aumentó el límite existente del 10 % del patrimonio técnico de Finagro al 40 %, y aumentó el límite del 20 % que actualmente existe cuando media autorización de la junta directiva, al 70 %. Así mismo, la otra modificación tiene por objeto que los cupos de redescuento asignados por el fondo para cada cooperativa cumplan con los límites actuales de exposición al riesgo de un establecimiento de crédito a un mismo deudor, esto es el 10 % del patrimonio, lo anterior responde de forma más adecuada a los riesgos del originador.

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