Adquisición de acciones por parte de un administrador sin la respectiva autorización podría ser declarada nula (10:30 a.m.)
67055
25 de Junio de 2010
Escucha esta noticia audio generado con IA
La adquisición de acciones por parte de un administrador, como resultado de una operación de negociación de acciones, sin la respectiva autorización de la junta directiva o de la asamblea general de accionistas, viola el artículo 404 del Código de Comercio, que prohíbe a los administradores enajenar o adquirir acciones de la misma sociedad mientras estén en ejercicio de su cargo, y podría ser declarada nula por un juez o a petición de parte, conforme al artículo 899 ibídem. Así lo precisó la Superintendencia de Sociedades, en concepto de abril .
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!